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Guía

Qué licencia necesitas para alquilar un barco (y cuándo no hace falta)

En España puedes gobernar sin ninguna titulación un barco a motor de hasta 5 metros de eslora y 15 CV, o uno de vela de hasta 6 metros, de día y cerca de la costa. Es el "barco sin licencia" que ofrecen casi todas las empresas del directorio. Para cualquier cosa más grande te pedirán un título (licencia de navegación, PNB, PER) o tendrás que alquilar con patrón.

Actualizada el 15 de septiembre de 2026 · 7 min de lectura

1. Sin licencia: qué barcos y con qué condiciones

El Real Decreto 875/2014, que regula las titulaciones náuticas de recreo, deja fuera de la obligación de título a dos tipos de embarcación:

  • A motor: hasta 5 metros de eslora y 11,26 kW de potencia (15 CV).
  • A vela: hasta 6 metros de eslora.

En ambos casos, solo navegación diurna y dentro de la zona que delimite la Capitanía Marítima de cada puerto, que en la práctica suele ser hasta 2 millas de un puerto, playa o abrigo. Las empresas de alquiler te marcan esa zona en un plano cuando recoges el barco.

Es la razón por la que la flota "sin licencia" es tan parecida en toda la costa: lanchas de 4 a 5 metros, motor de 15 CV, capacidad para 4 o 6 personas y velocidad de crucero de 8 a 10 nudos. Sirven para ir a una cala cercana, fondear y bañarse. No sirven para cruzar a una isla ni para navegar con viento fuerte.

Lo que sí te van a pedir, aunque no haga falta título:

  • Ser mayor de edad (algunas empresas aceptan 16 años con autorización de los padres y patrón adulto a bordo).
  • DNI o pasaporte.
  • Una fianza, que va de 150 a 500 euros en este tipo de barco.
  • Una explicación previa de 15 a 30 minutos: arranque, gobierno, fondeo, zona permitida, canal de radio o teléfono de contacto y qué hacer si sube el viento.

En el directorio, 272 de las 2.586 empresas de alquiler indican expresamente en su ficha de Google que tienen barcos sin licencia; seguramente son más, porque muchas no lo anuncian. Donde más se concentran: Sant Antoni de Portmany (28 de 89 empresas), Fuengirola (10 de 27), Benalmádena (9 de 37), Roses (9 de 30) y L'Estartit (8 de 18). Los tienes marcados en cada página de destino.

2. Licencia de navegación: el título de un día

Si quieres algo más que la lancha de 15 CV pero no quieres examinarte, la licencia de navegación es el escalón siguiente. Se obtiene en una escuela náutica homologada con un curso de 2 horas de teoría y 4 de prácticas. Sin examen. Cuesta entre 100 y 200 euros y se saca en una mañana.

Permite gobernar embarcaciones de hasta 6 metros y motos de agua, de día, hasta 2 millas de un puerto o abrigo. En la práctica amplía poco la eslora, pero abre la puerta a barcos con motores de 40, 60 u 80 CV, que son otra cosa en cuanto a velocidad y comodidad.

Muchas empresas de alquiler son también escuelas y ofrecen el curso el día antes del alquiler. Si vas a estar una semana en un destino y quieres alquilar varios días, compensa.

3. PNB y PER: hasta dónde llega cada uno

Los dos títulos con examen más habituales:

TítuloEslora máximaDistancia de la costaQué exige
PNB (Patrón de Navegación Básica)8 m5 millas de un abrigoExamen teórico + prácticas de seguridad y navegación
PER (Patrón de Embarcaciones de Recreo)15 m12 millas; navegación entre islas en Baleares y CanariasExamen teórico + prácticas. Con prácticas complementarias: hasta 24 m y travesía Península–Baleares

Con el PER puedes alquilar la mayoría de lo que hay en el directorio: semirrígidas de 7 u 8 metros, lanchas de 9 o 10, veleros de 10 a 14 metros si tienes las prácticas de vela hechas. Por encima de 15 metros (o de 24 con la ampliación) entran el Patrón de Yate (24 m, 150 millas) y el Capitán de Yate (sin límite), que ya son títulos de otro nivel.

Un detalle que sorprende a mucha gente: el PER habilita para la eslora, no para el tipo de barco. Si tienes el PER a motor y quieres un velero, la empresa te va a preguntar por las prácticas de vela y, si no las tienes, por tu experiencia real. Puede negarse a alquilártelo o exigir patrón. Está en su derecho: el barco es suyo y el seguro tiene condiciones.

4. Si tu título es extranjero

Los ciudadanos de otros países pueden alquilar con el título de su país siempre que esté reconocido. El más práctico es el ICC (International Certificate of Competence), que casi todas las empresas aceptan sin discusión. Los títulos de la RYA (Day Skipper, Coastal Skipper) suelen aceptarse acompañados del ICC. Los títulos alemanes (SBF See) y franceses (permis côtier) también son habituales en la costa.

La regla práctica: escribe a la empresa antes de reservar con una foto de tu título y pregunta si lo aceptan para ese barco. Evita discusiones en el pantalán.

5. Alquilar con patrón: cuando compensa

Si no tienes título, o lo tienes pero no quieres responsabilidad, la alternativa es alquilar con patrón. El patrón es un profesional contratado por la empresa que gobierna el barco; tú y tu grupo sois pasajeros. No necesitas nada.

Compensa en tres casos:

  1. Barcos grandes (yates, catamaranes) donde de todas formas exigirían patrón.
  2. Travesías largas: Dénia–Ibiza, Mallorca–Cabrera, Cádiz–Tánger. La experiencia local vale más que el título.
  3. Cuando vas en grupo y nadie quiere quedarse sin beber ni sin bañarse.

El patrón suele cobrarse aparte, por día, y su comida corre por cuenta del grupo. Lo tratamos en la guía Con patrón o sin patrón.

6. Qué te pedirá la empresa el día del alquiler

Con o sin título, la secuencia es parecida en todas partes:

  1. Documentación: DNI o pasaporte y, si aplica, título náutico original (no vale foto).
  2. Contrato y fianza: firma del contrato, lectura de la franquicia del seguro y bloqueo de la fianza en tarjeta.
  3. Check-in: revisión del barco con el responsable, fotos de golpes existentes, inventario (ancla, chalecos, bengalas, extintor, radio).
  4. Explicación: zona de navegación, previsión meteorológica del día, hora de vuelta, nivel de combustible.
  5. Salida. Y a la vuelta, check-out con el mismo recorrido.

Si algo de esto no ocurre, desconfía. Una empresa que te da las llaves sin revisar el barco contigo es una empresa que a la vuelta puede cobrarte un golpe que no hiciste.

Preguntas frecuentes

¿Puedo alquilar un barco sin licencia si tengo 17 años? Depende de la empresa. La norma no fija edad para las embarcaciones exentas de título, pero el contrato de alquiler lo firma un mayor de edad y la mayoría de empresas exige que el responsable a bordo también lo sea.

¿La licencia de navegación vale para motos de agua? Sí. Habilita para motos de agua además de embarcaciones hasta 6 metros. Sin ella, las motos de agua solo se pueden usar en circuitos cerrados con monitor.

¿Necesito el PER para alquilar un velero de 8 metros? Con el PNB puedes gobernar hasta 8 metros, pero el PNB solo habilita para vela si has hecho las prácticas de vela. Sin ellas, la empresa te pedirá el PER con prácticas de vela o un patrón.

¿Qué pasa si navego fuera de la zona permitida sin título? Es una infracción administrativa con multa para el patrón, y el seguro del barco puede no cubrir un siniestro. La empresa te lo cobrará a ti. No compensa.

¿Sirve el título de otro país de la UE? Si tu país lo reconoce oficialmente y equivale a un título español, sí. El ICC evita cualquier duda. Confírmalo con la empresa antes de reservar.


Fuentes: Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo. Cifras de empresas: directorio tubarcodealquiler.es, datos de Google Maps capturados el 15 de septiembre de 2026.